Jorge Lanata es fiel a su estilo. Hoy parece ser uno de los fervientes defensores de "la causa Nisman", una voz que lo argumenta, que lo defiende y que brega por Justicia.
Pero parece que hace unos años no sucedía lo mismo y lo acribillaba sin piedad ante las cámaras de televisión, como es su accionar de costumbre.
Pero las cámaras siempre guardan el archivo y hay que tener cuidado con convertirse en un camaleón...
Comunicado de Cancilleria
La denuncia contra la Presidenta Cristina Fernández de Kirchner realizada por el fiscal Alberto Nisman muestra el grado de confusión y parálisis en el que se encuentra la causa AMIA. Luego de años de contar con el respaldo político de Néstor Kirchner y la actual presidenta, el fiscal acusa vilmente a la política más activa en buscar el juicio y castigo a los perpetradores del brutal atentado terrorista.
Desde su época de legisladora, Cristina Kirchner, integró, desde su inicio en 1996, la Comisión Bicameral para el seguimiento de los Atentados a la Embajada de Israel y Amia. Trabajó en forma permanente para lograr el esclarecimiento de los mismos. Cuando comenzó a notar irregularidades en la investigación judicial redobló sus esfuerzos para evitar el desvío de la misma. En los dos últimos informes de la Comisión de Seguimiento, especialmente en el último, debió firmar en soledad su opinión sobre el nefasto rol del entonces Juez Juan José Galeano y de los servicios de inteligencia del Estado a cargo de la Causa AMIA. Hoy el ex juez Galeano está acusado por encubrimiento junto a sus fiscales. Desgraciadamente Cristina Kirchner tenía razón. Comenzaba a frustrase la búsqueda de verdad y justicia.
Y COMUNITARIAS); EMILIANO ROSSI y CARLOS VAZQUEZ (en representación den la CÁMARA ARGENTINA DE TELEVISIÓNJORGE ALFREDO DOMINICI (en representación de la ASOCIACIÓN ARGENTINA DE TELEDIFUSORAS PYMES
DIGITAL); OSVALDO GUILLERMO FRANCÉS (en representación de ASOCIACION DE RADIODIFUSORAS BONAERENSES E
INTERIOR DE ARGENTINA - ARBIA
Que JORGE ALFREDO DOMINICI, EMILIANO ROSSI, CARLOS VAZQUEZ y OSVALDO GUILLERMO FRANCÉS formularon propuestas relativas a la consideración de la situación de los canales abiertos de baja potencia y la formación de consorcios entre los mismos; la gratuidad de los servicios de multiplexación y transmisión que presten los licenciatarios y la definición de las condiciones de la relación que los vincule a ellos; la modificación de la terminología empleada; todo lo cual ha sido objeto de análisis y consideración en los considerandos precedentes.
SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
Decreto 2456/2014
Plan Nacional de Servicios de Comunicación Audiovisual Digitales.
ARTÍCULO 8.- Condiciones de transmisión
de los titulares de autorizaciones.
La AFSCA asignará a los titulares de autorizaciones
un canal radioeléctrico o un canal digital
de televisión según corresponda y demás parámetros
técnicos, respetando el área de cobertura
asignada en oportunidad de otorgarse la
autorización. La AFSCA podrá asignar, adicionalmente,
el servicio de televisión móvil.
ARTÍCULO 9.- Obligaciones de los titulares de autorizaciones.
Sin perjuicio de las obligaciones establecidas en la Ley N° 26.522, los autorizados deberán:
a) Emitir el mismo contenido de su servicio analógico (hasta la fecha de finalización de la transición) a través del servicio digital.
b) Prestar el servicio como autorizados operadores, conforme lo regula la Norma Nacional de Servicio para el Servicio de Comunicación Audiovisual de Televisión Digital Terrestre
Abierta, cuando la AFSCA así lo determine.
c) Prestar el servicio como autorizados, conforme lo regula la Norma Nacional de Servicio para el Servicio de Comunicación Audiovisual de Televisión Digital Terrestre Abierta, cuando
la AFSCA así lo determine.
d) Prestar el servicio con modulación analógica hasta la oportunidad prevista en el artículo 4 del presente y una vez vencido el plazo, dar fin a las transmisiones analógicas, continuando la prestación de sus respectivos servicios con
modulación digital, en la modalidad que les fuera
fijada para la transición.